La Ley 1010 de 2006 define el acoso laboral como toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerarquico, un companero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidacion, terror y angustia, causar perjuicio laboral, generar desmotivacion en el trabajo o inducir la renuncia del mismo.
Todo acto de violencia contra la integridad fisica o moral, la libertad fisica o sexual y los bienes del trabajador. Incluye expresiones verbales injuriosas o ultrajantes que lesionen la integridad moral, los derechos a la intimidad y al buen nombre.
Conducta reiterada de descalificacion, carga excesiva de trabajo, cambios permanentes de horario, entre otras, que puedan producir la renuncia del trabajador mediante una situacion de presion insoportable.
Trato diferenciado por razones de raza, genero, edad, origen familiar, credo religioso, preferencia politica o situacion social que carezca de razonabilidad desde el punto de vista laboral.
Toda accion tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla mas gravosa o retardarla con perjuicio para el trabajador. Incluye la privacion de instrumentos de trabajo, la obstaculizacion de acceso al puesto de trabajo o la negacion de informacion necesaria.
Asignacion de funciones a menosprecio del trabajador, que no corresponden con su cargo, experiencia o formacion profesional.
Conductas tendientes a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante ordenes o asignacion de funciones sin el cumplimiento de los requisitos minimos de proteccion y seguridad para el trabajador.
La ley establece varios mecanismos que el trabajador puede utilizar:
El acosador puede enfrentar: multas entre 2 y 10 SMLMV, obligacion de pagar tratamientos terapeuticos, terminacion del contrato de trabajo con justa causa a favor del trabajador acosado (si el acosador es el empleador), y pago de indemnizacion por despido indirecto.
Si usted es victima de acoso laboral, documente todo: fechas, testigos, correos electronicos, mensajes y cualquier evidencia. Consulte a un abogado laboralista antes de tomar decisiones que puedan afectar su estabilidad laboral.
Este articulo es informativo general. No constituye asesoria juridica. Para su caso particular, agende una consulta.
Por el equipo de Portilla & Abogados
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